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sábado, 22 de enero de 2011

LOS IMPUESTOS QUE EROSIONAN LA ESPERANZA




LOS PILARES DE LA DECADENCIA ARGENTINA


DOCUMENTO N° 2: LOS IMPUESTOS QUE EROSIONAN LA ESPERANZA.


¿Alguien alguna vez tomó la decisión de bajar los impuestos para favorecer a la sociedad en su conjunto?, sinceramente no recuerdo un solo caso, pero seguramente habrá en algún rincón de la historia Argentina algunas excepciones. Sin pretender ocupar el lugar de los especialistas en el tema, volcaremos en este documento las explicaciones que nos den una idea del “porque nuestro sistema tributario es de alguna manera obsoleto, y atenta contra la evolución natural de las actividades de negocios en nuestro país. Veamos en principio y en forma básica como se instrumentan los impuestos en la Argentina.


En la actualidad, los impuestos se encuentran clasificados en impuestos propiamente dichos, tasas y contribuciones.
En el ámbito nacional los impuestos principales son los siguientes:

Impuesto a las ganancias
 Impuesto al valor agregado
 Impuesto a la ganancia mínima presunta
 Impuesto sobre los Débitos y Créditos en cuentas bancarias y otras operatorias
 Impuestos internos
 Impuesto a la transferencia de bienes inmuebles
 Impuesto sobre los bienes personales

En el ámbito provincial tenemos:
 Impuesto sobre los ingresos brutos
 Impuesto de sellos
 Impuesto inmobiliario
En el ámbito municipal, las intendencias cobran lo que se denomina tasas y contribuciones.
Debemos decir que el impuesto es un TRIBUTO, es decir que representa para nosotros una obligación a favor del fisco, el cual es regido por el derecho público. El principio que rige su recolección se denomina “Capacidad Contributiva”, esto significa o debe interpretarse como sigue: “el que más tiene debe realizar el aporte mayor”. Aunque esta idea está presente en la constitución nacional, la cual habla de equidad y solidaridad, la misma no siempre se cumple.
El objetivo de pagar tributos es sostener al “Estado” que debe desarrollar distintos roles. El estado debe ser responsable por la salubridad, la educación, la defensa nacional, la seguridad interior, la protección social (desempleo, discapacidad, etc.)
El estado también debe atender obligaciones en materia de infraestructura como por ejemplo las carreteras, puentes, redes ferroviarias, puertos, hospitales, etc.
Los impuestos entonces son la base de financiación del estado, aunque también son utilizados para manejar algunas variables de la economía fomentando o desalentando ciertas actividades (tabaco, minería, recursos naturales, etc.) es decir que tenemos fines fiscales y extra-fiscales que satisfacer.

Un concepto importante es definir el llamado “hecho imponible”, que es lo que origina la obligación tributaria. En general los impuestos se aplican cuando se realiza una venta, se presta un servicio, se origina una ganancia, sobre la propiedad de bienes y derechos económicos.
Se llama impuesto “Ad valorem” a aquel que se aplica al momento de realizarse una transacción, y es un impuesto de tasa fija (IVA). Los impuestos también suelen definirse como progresivos y regresivos. La diferencia se centra en la alícuota o porcentaje aplicado. En el primer caso, a mayor ganancia, mayor porcentaje. En el segundo caso, funciona exactamente al revés. Aquí como ya mencionamos, entra a jugar el concepto de “capacidad contributiva”.


Otra definición importante tiene que ver con el objeto gravado. Al impuesto que grava en forma directa la fuente de riqueza de una persona o empresa, la propiedad o la renta, se lo denomina DIRECTO. A los que gravan el consumo, se los llama INDIRECTOS, porque en principio no afectan de manera directa nuestros ingresos, sino que afectan productos o servicios. El ejemplo concreto es el IVA o Impuesto al Valor Agregado.

Ejemplos de impuestos directos:
• A la renta o ganancias tanto de personas físicas como jurídicas (sociedades).
•Al patrimonio (en Argentina se los conoce como Bienes personales y ganancia mínima presunta).
• Derechos de exportación, etc.

Veamos ahora de que se trata cada uno en forma simplificada.

El impuesto a las ganancias se divide en cuatro categorías, cada una de ellas grava una ganancia distinta. Grava rentas de personas y empresas y es de aplicación nacional, se extiende a todo el territorio.
Categoría 1: Grava las rentas del suelo (locación de inmuebles - mejoras introducidas por los inquilinos etc.) La ley permite deducir todos los gastos necesarios para mantener la fuente de ingresos: impuestos, amortizaciones, gastos de mantenimiento, etc.
Categoría 2: Grava la renta de capitales (crédito de dinero, etc.), la ley permite deducir los gastos necesarios para obtener estas rentas.
Categoría 3: Grava las rentas de las empresas, es decir las obtenidas por las sociedades anónimas, en comandita por acciones, asociaciones civiles y fundaciones, sociedades de economía mixta, etc. Las obtenidas por cualquier otra clase de sociedades constituidas en el país y por empresas unipersonales ubicadas en el mismo. Las que obtienen los comisionistas, rematadores, y demás auxiliares de comercio no incluidos expresamente en la 4ª categoría que mencionaremos a continuación. Las derivadas de loteos con fines de urbanización, las que provienen de la edificación y enajenación de inmuebles bajo el régimen de la ley 13.512 (propiedad horizontal).
Categoría 4: Es la renta del trabajo personal y proviene de: Desempeño de cargos públicos. Trabajo en relación de dependencia. Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de todo tipo que tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas. Servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas que trabajen personalmente en ellas. Ejercicio de profesiones liberales y oficios y funciones de albacea, síndico, director de sociedad anónima, etc. La actividad de corredores, viajantes de comercio y despachantes de aduana.
¿A que se considera ganancia?
La ley considera una ganancia a:
 Beneficios periódicos, de fuente permanente.
 Beneficios obtenidos por las sociedades de capital y de todo tipo de sociedad o empresas unipersonales, se cumplan o no los requisitos mencionados con anterioridad.
 Los beneficios que se obtienen por la enajenación de bienes muebles amortizables, sin tener en cuenta el sujeto que los obtiene.

Fuentes del impuesto.
-Las que provienen de bienes situados, colocados o utilizados económicamente en el país.
-Las que provienen de la realización (dentro del territorio nacional) de cualquier actividad susceptible de producir beneficios.
-Las que provienen de hechos ocurridos (dentro del territorio nacional), que generen beneficios.
¿Cómo se pagan este impuesto?

Las sociedades pagan diez anticipos mensuales y el saldo durante el quinto mes posterior a la fecha de cierre de su ejercicio, y las personas físicas, pagan cinco anticipos y el saldo durante los meses de Abril o Mayo.Para las sociedades, el año fiscal coincide con el ejercicio económico; para las personas físicas, con el año calendario.

Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Antes de introducirnos en este impuesto, es muy interesante la apreciación realizada en la página de derecho tributario del 2 de mayo del 2010.
…….La lógica y la normativa de la mayoría de los impuestos no son fáciles de ser explicadas y por ende comprendidas por el contribuyente…………..En materia impositiva siempre fue tarea difícil responder a los clientes preguntas tales como ¿porqué pago esto?, ¿todos pagan esto o soy yo solo?, o expresiones de sorpresa ante la magnitud de los montos a pagar. …….Hoy me referiré al célebre “El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta”. …Cuando el contador envía al cliente la liquidación de este gravamen, la pregunta inevitable es -¿Y acá qué estoy pagando, si no tuvimos ninguna ganancia?- Y nuestra obligada, pero poco convincente, respuesta es: – Lo que pasa es que la empresa, a pesar de no haber tenido ganancias, debe pagar una tasa impositiva sobre el total del activo que posee, en calidad de “potencial” generador de rentas. -O sea que pago impuesto a la ganancias aunque no tuve ganancias-, termina concluyendo el resignado contribuyente. –Es un pago que puede deducirse de futuras utilidades- susurra el contador. Pero el cliente dejó de oírlo hace un rato largo………….Peor que eso, es cuando corresponde abonar Impuesto a las Ganancias, pero su importe no llega cubrir el monto mínimo del “Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta”. Y entonces hay que pagar un poco de los dos. Para explicar esta fatídica realidad, hay que hacer un curso de ilusionista. El final, se los cuento: el cliente paga pero ya no quiere que le explique nada y lo más probable es que se quede pensando: -¿El famoso Siap lo habrá vuelto loco mi contador? – ¿Seré el único que paga esta barbaridad?..................Y todo gracias a este impuesto, creado por un Ministro de Economía muy alabado por entonces y muy criticado después, quien en épocas muy críticas para el país, y viendo que las empresas registraban bajas o nulas ganancias imponibles, buscó satisfacer su apetito recaudador, dando nacimiento a un engendro tributario tan difícil de explicar. Si el Contador LoCane me publica, en próximas entregas me referiré a otras maravillas tributarias difíciles de explicar”. Gracias por su atención. Firmado: Fernando Maffeo. Contador Público……… http://www.derechotributario.cl/not_detalle.php?id_noticia=534

Vamos a dar un ejemplo que ilustre el punto desarrollado por estos dos excelentes profesionales de la materia. La ley realiza “presunciones” que luego se transforman en “implementaciones”. La ley presume que toda actividad comercial se practica con el objetivo de generar utilidades, por tanto se encuentra obligada a tributar ganancias. Este impuesto grava el 1% (de piso) de los bienes productivos. Entonces si por ejemplo nosotros tenemos Bienes productivos por $1.500.000, el impuesto GMP (ganancia mínima presunta) sería de $15.000.
Si calculásemos el impuesto a las ganancias y nos diera $15.000, entonces deberíamos pagar ganancias por $15.000 siendo la GMP = “0”.
Ahora bien, si por ejemplo el cálculo del “viejo impuesto a las ganancias” nos diera a pagar $10.000, entonces lo que deberíamos pagar por la GMP es $5.000 (eso completaría los $15.000). Los $5.000 se toman a cuenta de futuros impuestos a las ganancias si el mismo supera el 1% de los bienes productivos ($15.000), por ello el Dr. Maffeo explica que a los “clientes” a veces hay que decirle que hay que pagar ambos.
Como podemos observar, esta es la punta del ovillo, un ovillo que trae mucha lana por cierto.
Para resumir entonces, el GMP se aplica también en todo el territorio de la Argentina, y se determina sobre la base de los activos, es decir sobre los bienes gravados cuyo valor en conjunto no supere los $200.000 (estos topes pueden modificarse), en cuyo caso, quedará sujeto al gravamen la totalidad del activo gravado del sujeto pasivo del tributo. El impuesto a ingresar surge como dijimos de aplicar la alícuota del 1% sobre la base imponible del gravamen. Este impuesto se compensa con el impuesto a las ganancias general pudiéndose computar como pago a cuenta por el lapso de 4 años.
Veamos el IVA o impuesto al valor agregado. Este impuesto grava:

 Ventas de bienes muebles ubicados o colocados en territorio argentino.
 Obras, locaciones y prestaciones de servicios realizados en el territorio argentino.
 Importaciones definitivas de cosas muebles (bienes).
 Prestaciones de servicios realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país, cuando los prestatarios sean sujetos del impuesto por otros hechos imponibles y revistan la calidad de responsables inscriptos.
En general, los que se dedican al comercio y venden bienes y/o servicios, son responsables del pago del IVA. Sin embargo, el monto de este impuesto se agrega al precio, y puede ser computado como crédito fiscal en la etapa siguiente en caso que el sujeto respectivo sea responsable inscripto. En consecuencia, es en realidad el consumidor final o sujeto exento quien soporta el costo del impuesto. El último eslabón de la cadena.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Antes de comentar algo sobre el mismo, me interesa expresar aquí la opinión del titular de FIAT Cristiano Rattazzi en http://www.empresasnews.com/noticia-1365.html
………Sigue la discusión por las retenciones ¿cree que tienen que ser eliminadas, mantenerse o modificarse de alguna otra forma?
- Desde hace años digo que las retenciones son un pésimo impuesto, porque castigan a la producción marginal, que es la que hay que incentivar. Por lo menos, hay que darle el mismo precio al producto del que tiene en el mundo para incentivar la siembra. Una vez hecho eso, hay sistemas como el de Ganancias con el que se puede poner un sobreimpuesto -lo han hecho todos los países- a sectores específicos que ganan mucho con buenos precios, hasta que se vaya arreglando todo el sistema de superávit del Gobierno y, entonces, se baja nuevamente. Estamos rodeados de malos impuestos, pésimos, como el impuesto al cheque que pone a la economía en negro; ingresos brutos, que en Europa se eliminaron hace 60 años, y el IVA, otro pésimo impuesto sin sentido productivo. Hay que hacer una reforma impositiva que favorezca a la producción.
http://www.cuencarural.com/economia_y_negocios/68672-rattazzi-hay-que-eliminar-las-retenciones-y-ajustar-con-ganancias/
Con esta introducción podemos decir sobre el particular que se trata de un impuesto provincial, recaudado por cada una de las 24 jurisdicciones incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este grava los ingresos provenientes del ejercicio habitual y a título oneroso, del comercio, la industria, la profesión, la locación de obras o servicios, etc., cualquiera sea el resultado obtenido, la naturaleza del sujeto que la preste y el lugar donde se realiza. Las alícuotas que se aplican, varían por jurisdicción, según la actividad desarrollada. La alícuota general (aplicable al comercio y los servicios) oscila entre 2.5% y 3.5%. La tasa sobre la producción es generalmente de un 1.5%. Existen tasas diferenciales más elevadas sobre otras actividades (préstamos, comisiones, etc.). Los sujetos del impuesto que ejercen actividades en más de una jurisdicción provincial deben distribuir el ingreso bruto imponible entre las jurisdicciones correspondientes según un acuerdo firmado al respecto entre ellas, el cual se llama “Convenio multilateral”.
Si usted ha leído hasta aquí podrá entender una parte del título de esta nota. En esta segunda etapa veremos algo más de los impuestos a los que Ratazzi y otros llaman distorsivos. Comenzaremos desarrollando el famoso impuesto ley 25.413 o impuesto a las cuentas corrientes o impuesto al cheque, que es aquel que se nos cobra tan solo por hacer circular el dinero por el sistema bancario (¿Dónde se genera la ganancia para tributar el impuesto?).
Veamos este impuesto distorsivo que además se coparticipa. ¿Qué opina el profesor Rodolfo Barra al respecto?
……Esto es lo que se ha pretendido con el impuesto a los créditos y débitos bancarios ("impuesto al cheque") nacido en 2001 como no coparticipable en su totalidad y prorrogado año a año hasta, por ahora, el 31/12/2011, aunque desde 2002 coparticipable en un 30% de lo recaudado. El problema es que toda esa sucesión anual de leyes está, constitucionalmente, mal hecha. Simplemente no se ha respetado la exigencia de la "asignación específica" que, como requisito indispensable, impone la Constitución. Esta utiliza el lenguaje castellano común, y en castellano la acción de especificar es "fijar o determinar de modo preciso" (Diccionario Real Academia), y así lo especificado es "lo determinado de modo preciso". Si bien desde el inicio el impuesto careció de un destino determinado con precisión, esto se fue agravando con el correr de las leyes de prórroga. Primero fue para crear un Fondo de Emergencia Pública. Después, 2002, tuvo ingreso al Tesoro Nacional, con destino todavía más vago. La imprecisión se agravó a partir de 2006, de tal manera que ni aún con la mejor buena voluntad podría nadie interpretar satisfecha la exigencia constitucional. Esta inconstitucionalidad ya se encuentra planteada por la Provincia de San Luis ante la Corte Suprema, pero afecta a todas las provincias argentinas.”…….
La ley 25413 denominada "ley de competitividad" fue la que creó el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, el cual comenzó a regir a partir del 3 de abril del 2001. Dicha ley, define como hechos gravables, a los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria; fijando una tasa máxima del 6 por mil y estableciendo que el tributo recaerá sobre los titulares de las cuentas respectivas, actuando las entidades financieras como agentes de liquidación y percepción, entre otros aspectos. Actualmente es posible tomar como pago a cuenta de impuestos, solo el 34% del aplicado a los créditos. Es decir, sobre el 0,6%, ya que el otro 0,6%, sobre los débitos, no originará créditos fiscales. Ahora bien, ¿cuál es el impacto sobre la pequeña y mediana empresa que provoca este tipo de tributo?, veamos un ejemplo:
Una empresa tiene ingresos por $300.000, y los vuelca en su totalidad al sistema bancario depositándolos en una cuenta corriente.
Aquí tenemos $300.000 * 0,6% = $1.800, de los cuales tan sólo el 34% podrán ser computados como adelanto al Impuesto a las Ganancias, es decir 612 pesos.
La empresa compra mercaderías por $210.000, y su estructura de costos incluye unos $30.000 en concepto de sueldos y jornales, cargas sociales y contribuciones patronales (sobre estos no aplica el impuesto). De los $210.000 en conceptos de débitos bancarios, $1.260 serán absorbidos por el impuesto en cuestión.
Entonces, $300.000 - $240.000 = $60.000 de utilidad.


Ahora bien, si consideramos lo recaudado por el impuesto al cheque en un ejercicio, que en este caso es de $3.060 (por lo recaudado en débitos bancarios, $1.260, y en créditos, $1.800), podremos determinar que con respecto a la utilidad de la empresa, este impuesto impacta un 5,1%, y si consideramos el impacto financiero que tiene el mismo descontando el adelanto de ganancias, sobre la rentabilidad, será entonces un poco menor el 4,08% de la rentabilidad de la empresa.
$3.060 / $60.000 = 0,051 ($3.060 - $612) / 60.000 = 0,0408


Tanto pymes como grandes empresas se ven afectadas por el mismo impuesto regresivo, ya que no contempla la capacidad contributiva de cada sector, tanto las microempresas, como las pymes, y las multinacionales, pagan el mismo gravamen. El problema aquí es que a mayor utilidad, el impacto del impuesto es menor, por lo tanto este efecto desfavorece a las pymes porque las mismas tienen estructuras distintas a las empresas más grandes, no se basan en capital intensivo, inversiones grandes en activos fijos y bienes de capital.
Conclusiones sobre los efectos de un sistema tributario distorsivo y obsoleto.
Si bien es razonable que el sistema tributario le sirva al estado para financiar sus operaciones, cuando los gobiernos no tienen en claro hacia dónde ir, no tienen estrategias claras, ni se encuentran conformados por estadistas (personas que honran el mediano y el largo plazo por sobre los resultados de corto plazo), la política tributaria suele ser uno de los mecanismos utilizados para financiar “políticas populistas para ganar elecciones”, y el efecto inmediato posterior se denomina déficit fiscal, entonces, luego de las elecciones, luego de los gobiernos, lo que queda es el problema a resolver y nuestras experiencias fueron extremadamente dolorosas en ese sentido. Los argentinos hemos experimentados los distintos métodos como las devaluaciones, las confiscaciones de depósitos, los planes de bonos, etc. Entonces, las consecuencias originadas por estas medidas fue la “inflación”.
Políticas populistas --> déficit fiscal --> medidas confiscatorias y devaluaciones --> inflación.
Cuando la inflación supera el piso del 50% mensual de acuerdo al criterio de los técnicos, ésta se transforma en hiperinflación.
El déficit entonces es cubierto con el traspaso de recursos privados al sector público si hay en existencia, y si no, se recurre a los organismos internacionales y entonces el país se apalanca sobre el sector externo lo cual aumenta el riesgo ante potenciales efectos financieros globales como fueron en su tiempo la crisis asiática, el efecto tequila, etc.
Como hemos podido apreciar a través de comentarios y menciones puntuales, existen impuestos que no deberían cobrarse y que conforman la base de la estructura tributaria de la Argentina. Lo que significa que el superávit que el país pueda tener hoy, descansa sobre la misma.
Existen distintos estudios realizados a la fecha, sobre distintos períodos de tiempo en donde se puede observar el tipo de estructura tributaria que tiene la Argentina.
Veamos algunos datos:

En el año 2000, la estructura tributaria argentina se basaba fundamentalmente en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias, y las Contribuciones a la Seguridad Social. Estos tributos representaban el 85% de la recaudación nacional.

Para el año 2006, esta estructura representó el 74%. Como mencionamos anteriormente, a partir del 2001 se implementaron dos nuevos tributos distorisvos, para responder al descenso de la recaudación en el IVA. Estos son, el Impuesto al Debito y Crédito, y las Retenciones a las Exportaciones. En el 2006 estos dos impuestos representaron el 15,8% de la recaudación total.
Como podemos observar, la estrategia fiscal en la Argentina es inexistente, en el país se crean impuestos porque la recaudación baja, en vez de atacar las causas por las cuales se producen tales reducciones.
En la actualidad, El IVA es el principal impuesto en la estructura tributaria nacional, que representa el 30,1% de la recaudación total. Mientras que la suma de las retenciones a las exportaciones y el impuesto sobre débitos y créditos, representa el 15,8% de la recaudación. En cuanto a la evolución anual de la recaudación del IVA, este creció un 27% durante el 2006 en comparación con el 2005, y un 29,5% durante los primeros 6 meses del 2007.

¿A que se le llama presión tributaria?

Presión tributaria es un término económico para referirse al porcentaje que los particulares deben aportar al Estado en concepto de impuestos. De ese modo, la presión tributaria de un país es el porcentaje del PBI recaudado por el Estado por impuestos. La presión tributaria se mide según el pago efectivo de impuestos y no según el monto nominal que figura en las leyes, de tal modo que, a mayor evasión impositiva menor presión, aunque formalmente las tasas impositivas puedan ser altas. De hecho en países con alta tasa de evasión, el Estado usualmente eleva la presión impositiva sobre los habitantes con menos posibilidades de evasión, usualmente los consumidores. En general puede decirse que en las economías desarrolladas, la presión tributaria total se ubica por encima del 30% y hasta el 50% en países como Suecia.
1http://es.wikipedia.org/wiki/Presi%C3%B3n_tributaria

En Argentina, $1 de cada $2 que recauda la AFIP son impuestos distorsivos.
Porque titulamos esta nota como ¿los impuestos que erosionan la esperanza?, porque cuando mencionamos los pilares de la decadencia, uno de ellos es sin duda la lógica de pensamiento que arrastra las decisiones de los gobernantes. No hay país que pueda evolucionar con sistemas complejos que abrumen a la gente y le traigan más problemas que soluciones.
Muchas veces los términos se suelen confundir porque en la Argentina hemos perdido la capacidad de asombro y el deseo de vivir en un país racional en donde las cosas funcionen aceptablemente en términos generales para todos.
Hay notas sobre la materia en donde podremos encontrar dos versiones totalmente opuestas:
A. La presión tributaria en Argentina es exagerada e ineficiente en cuanto a su contraprestación e improductiva por lo distorsivo de los gravámenes que se aplican.
B. La presión tributaria esta dentro de valores razonables, otros países modelo como Suecia en donde las personas en general pagan sobre sus salarios un 70% en impuestos.

¿Entonces qué es lo correcto?
Veamos algunos artículos sobre estas apreciaciones.

El Instituto para el Desarrollo Social Argentino IDESA da su opinión al respecto. El incremento de impuestos dispuesto por la Provincia de Buenos Aires constituye un nuevo eslabón en un proceso de vertiginoso aumento de la presión tributaria basado en tributos altamente distorsivos. Esto sofoca a los sectores productivos y tiene asociado consecuencias sociales muy negativas.
Mientras el gobierno nacional no encare un profundo replanteo en la estrategia fiscal, especialmente en dejar de apropiarse de recursos que deberían ser coparticipados para financiar gastos de muy baja eficacia social, el problema tiende a agravarse…….Como agravante, se apela a impuestos poco usados o directamente no utilizados en los países más desarrollados, debido a sus impactos distorsivos……………..En esta categoría entran los impuestos al trabajo, al cheque, a la ganancia mínima presunta, a los combustibles, los impuestos internos, los aranceles a la importación de insumos, los derechos de exportación y los impuestos a los ingresos brutos y las tasas municipales……………………… ¿Cómo se conforma la estructura impositiva argentina a partir de esta complejidad?..............Según datos del Ministerio de Economía para el 2008 referidos al consolidado de la recaudación nacional y provincial aparece que:
La presión impositiva total se estima en 31% del PBI. La presión ejercida por los impuestos más neutrales (IVA y el impuesto a las ganancias) es de 13% del PBI, es decir, generan sólo el 40% de la recaudación total. …El resto de los impuestos generan una presión de 18% del PBI siendo los más importantes por sus impactos distorsivos los impuestos al trabajo (5,1%), las retenciones (3,5%), al cheque (1,9%) y el impuesto a los ingresos brutos (3,2%). ………………Los datos confirman que se ha alcanzado un nivel de presión tributaria muy alto y basado en impuestos altamente distorsivos……………La causa primaria de este proceso es la incompetencia para administrar con razonables niveles de eficiencia el IVA y el impuesto a las ganancias.
La distorsión del sistema tributario se potencia porque las provincias y los municipios reciben muy poco del aumento en la presión impositiva, pero enfrentan gran parte de las demandas de la población al ser los responsable de la mayoría de los servicios sociales más sensibles y estratégicos, como educación, salud, asistencia social y seguridad.
.....El Gobierno de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires tiene previsto para el año que viene una aumento en el ABL de un 30%.El ascenso en el monto de la tasa está incluido en el Presupuesto del año 2011 que el Ministerio de Hacienda porteño tiene pensado ejecutar. Los argumentos manifestados por las autoridades es que la subida dispuesta en 2008, que en algunos casos fue de hasta un 300%, no fue suficiente y por ende el proyecto tributario contempla subas graduales año a año. La actualización de impuestos es para el Gobierno una de las prioridades a corto plazo para poder reducir su actual déficit.....
….El IVA argentino, entre los más altos…A la hora de cobrar impuestos al consumo, a la Argentina casi no hay nadie que le gane en América. La alícuota del 21% que hoy tiene el impuesto al valor agregado (IVA) sólo es superada por el 23% que se aplica en Uruguay. En el mundo, la tasa argentina del IVA ocupa el puesto número trece entre las más altas y está a apenas cuatro puntos de las alícuotas del 25% que cobran algunos de los países más desarrollados del mundo, como Suecia y Dinamarca…..
….En el Cippec destacaron que la importancia del IVA en la recaudación viene reduciéndose en los últimos años. Según el estudio elaborado por un grupo de economistas encabezados por Emmanuel Abuelafia, en 1997 y 1998 este impuesto representaba el 42% de la recaudación total. En 2001, su incidencia se redujo al 34%; en 2002 cayó al 30,2, y en 2003 se ubicó en 29 por ciento….
…Argentina entre los 10 países con mayor carga de impuestos…..La Argentina se encuentra entre los 10 países con mayor "carga elevada" de impuestos del mundo, según un índice denominado Paying taxes 2008 realizado en conjunto por el Banco Mundial y la firma PricewaterhouseCoopers.
El trabajo realizado arroja como resultado que "la carga fiscal total, medida sobre las utilidades o márgenes comerciales, es en nuestro país del 112,9 %", revela el texto.El mencionado guarismo se conforma de la siguiente manera: 53% en Impuesto sobre los Ingresos Brutos; 26% en Seguridad Social; 18% en Impuesto al Cheque; 6% en Impuesto a las Ganancias; 10%,otros.Así, de un total de 178 países analizados, la Argentina se ubica en el puesto número 172, mientras que Chile ocupa el lugar 18….."De estos datos se desprende que Ingresos Brutos y y el denominado Impuesto al Cheque tienen una fuerte participación en la tributación de las empresas, especialmente en un contexto de rentabilidad empresaria moderada o baja, por tratarse de gravámenes que justamente no recaen sobre utilidades sino sobre transacciones. En otras palabras, son tributos que deben pagarse gane o pierda la empresa", afirma Andrés Edelstein, Socio de Impuestos de Price waterhouse Coopers.


¿El problema será cuanto, o será como, quien, y hacia adonde?

…Sistema Tributario - Chile lidera sistema tributario en la Subregión. ….Según una consultora norteaméricana, Chile registra el menor impuesto como porcentaje de las ganancias según índice de Latin Business Chronicle Ranking revela que Chile tiene el mejor sistema tributario de América Latina. La tasa para impuestos de empresas es, de 17%, 10%, 25% en Chile, Paraguay y R. Dominicana. Siendo las más altas de 35 %, 25% y 34% en Argentina, Bolivia y Brasil respectivamente. Para la cantidad de horas indispensables para cumplir las obligaciones tributarias, Chile aparece con 316 horas, teniendo Brasil 2.600 horas (el mayor de la región) y Argentina 453 h. De esta manera y considerando cantidad de pagos y tasa de interés, el ranking de los países con peor clima tributario lo lidera Brasil con 36,4 puntos, seguido por Bolivia (21,72) y Argentina con 18.92…..

…En Suecia todo el mundo paga el 70% de su sueldo en impuestos: Suecia es un país de tradición socialista, aunque actualmente gobernado por los conservadores. Hay algunas personas que efectivamente pagan hasta un 70% de su salario en impuestos y creo que el mínimo es de un 30%. El sistema sueco es muy redistributivo, aunque seguramente demasiado paternalista para poder sustentar a una población que ha crecido en número en los últimos años. Eso sí, el parvulario es gratis, la escuela también, la universidad + sueldo del estado durante 6 años (60% a devolver cuando uno trabaja y a condición de aprobar un cierto número de exámenes cada año), y un largo etc. Pagar más puede significar poder invertir en el país y mejorar la situación de otros para que los tuyos acaben teniendo más seguridad y haya menos problemas sociales o de índole conflictiva…..
Conclusiones

Estamos lejos de tener un sistema tributario racional que pueda estar a la mano del contribuyente. Cuando un ciudadano común quiere saber cuánto tiene que pagar en términos de impuestos, lo más probable es que necesite de un especialista en la materia. Como hemos mencionado aquí, incluso los mismos especialistas se quejan del sistema.
Cuáles son los problemas a revisar de acuerdo a mi humilde opinión.

En primer lugar, cuando un país no sabe hacia dónde va, no se encuentra en condiciones de elaborar una estrategia tributaria.
• Cuando se habla de “reforma tributaria”, es imprescindible saber cuál será el plan a seguir para ejecutar las políticas que lo acompañen. Si no hay definición de país, no puede haber definición en materia tributaria, de recursos humanos, energética, etc.
• Un sistema complejo, embrollado y desprolijo como el argentino genera evasión y elusión fiscal por su génesis misma, no por la moral o la responsabilidad de la gente exclusivamente.
• Un país en donde los principales evasores son en buena parte su dirigencia política y los empresarios vinculados a ella, (quienes asumen el rol de conducir organizaciones sociales y personal), no puede plantearle al ciudadano común problemas de responsabilidades. Se supone que son ellos los que deben dar el ejemplo a la comunidad en esta y en tantas otras materias.
• El sistema tributario no puede expulsar inversores castigando a los que están en regla y ocultando a los que no las siguen.
• Cuando no hay claridad ni norte, cada comunidad, sea un municipio o una provincia como vemos en los ejemplos citados, impone sus propios tributos acomodándolos de acuerdo a sus necesidades de caja. El SIRCREB (SISTEMA DE RECAUDACION Y CONTROL DE LAS ACREDITACIONES BANCARIAS), es un buen ejemplo de ello. Además de los aumentos en las tasas y alícuotas que cada comuna por propia cuenta impone, le debemos sumar el sistema de recaudación imperante como por ejemplo el mencionado.
• Una de las patas de la gran mentira institucionalizada es el superávit fiscal el como hemos visto, se basa en impuestos distorsivos que deberían haber desaparecido hace tiempo.
• Cuando un país emparcha sin resolver sus problemas, hace lo que hace la Argentina, crea impuestos distorsivos y sube alícuotas, castiga al que paga y beneficia al que no lo hace. Lo más difícil de hacer es reemplazar estos malos impuestos por aquellos que corresponden y simplificar el sistema tributario para que el control sea más sencillo y eficaz. Cuando esto ocurre como en Chile, los inversores llegan. Alguna vez escuche que el mejor sistema de control es el auto-control, y es aquel que se logra cuando la persona se siente responsable por lo que hace.(Alguna vez alguien se ha sentido orgulloso por pagar impuestos al ver donde van esos fondos?)
• Cuando se tiene la sensación de que los impuestos que uno paga van en buena parte al bolsillo de algún gerente del estado como “comisión”, y pago de sobreprecios. Cuando los impuestos van a obras que jamás se terminan, o cuando van a planes sociales de dudosa credibilidad, la pregunta que uno se hace en forma inmediata es ¿para qué pago?
Lunes 1 de diciembre de 2008 - LA NACIÓN

Los argentinos tenemos muchas iniciativas, pero pocas terminativas." Esta frase del padre Leonardo Castellani refleja un defecto enquistado desde hace décadas en la gestión de la cosa pública en nuestro país.
 La autopista ribereña, contratada en 1979, todavía no ha comenzado a construirse. Son cinco kilómetros que, cuando se habiliten, van a permitir unir por autopista y autovía Santa Fe con Mar del Plata. De 930 km totales faltan apenas cinco, justamente en el tramo de mayor congestión. La obra espera su concreción desde hace 29 años.
 La autopista Rosario-Córdoba (404 km) iniciada hace diez años, está inconclusa.
 La autopista de la ruta 6 entre Campana y La Plata, estratégico anillo de circunvalación de 217 km, a 60 km de Buenos Aires, también se inició hace diez años y sigue inconclusa.
 La autovía Luján-Mercedes, de apenas 30 kilómetros, sigue en construcción. Está inconclusa, desde hace nueve años.
 La falta de "terminativa" no se agota en las obras viales. Veamos qué pasa con las de generación eléctrica.
 Atucha II, iniciada hace 27 años, ha significado ya una inversión de US$ 2900 millones (sin calcular los intereses) y ha generado menos electricidad que una pila triple A. El primer kilovatio, cuando se produzca, le habrá costado al pueblo argentino, por lo menos, US$ 3900 millones. Además, para abastecer de agua pesada a Atucha II se construyó la planta de Arroyito, Neuquén, que permaneció inactiva durante años por falta de demanda.
 Yacyretá demandó 17 años. Está concluida desde el 7 de julio de 1998, pero no puede usarse a pleno porque el Ente Binacional "se olvidó" de comprar las tierras que embalsan el lago. Cada año, desde hace diez, se pierden US$ 220 millones por energía no generada. Total del quebranto: US$ 2200 millones. El valor de las tierras (US$ 38 millones) equivale a la energía que dejamos de producir en dos meses. En diez años, perdimos 57 veces más.
 El dique Florentino Ameghino (Chubut) durante varios años generó electricidad que se devolvía con un cable "al río" (no "a tierra") porque faltaba la línea de alta tensión para transportarla a Trelew. http://www.autopistasinteligentes.org/-prensa/nacion.html

--Por supuesto estamos lejos de pretender una rebelión fiscal. Los países serios que crecen y se desarrollan y ofrecen calidad de vida a su gente, recaudan impuestos. Nuestra obligación como ciudadanos es pagarlos (aunque muchas veces no sepamos siquiera que le debemos al fisco, gracias a un deplorable sistema de comunicación con el contribuyente entre otras cosas).
--Lo correcto no tiene que ver con las posiciones A o B, pagar poco o pagar mucho. Tiene que ver con pagar lo suficiente y necesario como para cumplir con los objetivos de un estado inteligente al servicio de la sociedad. Existen los países en donde la carga impositiva es baja y los beneficios se pueden ver claramente, y existen aquellos en donde la carga es elevada pero representa a su vez buenos servicios sociales prestados por el estado. El problema de la Argentina es que hoy tenemos la sensación que por mucho o poco que se pague, las cosas seguirán andando igual, los servicios tendrán la misma calidad deplorable de siempre pague uno mucho o poco por ellos.

Los impuestos que erosionan la esperanza son sencillamente aquellos que representan “nada”. En la Argentina de hoy, existe una elevada presión fiscal, sumado al peor de los impuestos, la inflación, que en el 2009 estuvo entre un 25% y un 27% y que para el 2011 se calcula en un 30% promedio. Es muy triste ver que como los ciudadanos comunes nos esforzamos por pagar la catarata de gastos que llegan mensualmente entre los cuales contamos a los impuestos para sentir que nada cambia, que todo sigue igual año tras año o peor. Nuestra realidad es que la Argentina recoge mes a mes, año tras año, fondos exuberantes en materia impositiva sobre la base de impuestos distorsivos y sin embargo, el sistema de salud, de seguridad, de jubilaciones y pensiones, el sistema de transporte, el energético, el de infraestructura, el judicial, el educativo, y cualquiera que uno decida mirar en detalle, no avanza ni mejora, lo que demuestra que el estado a pesar de contar con fondos suficientes no es capaz de prestar los servicios básicos esenciales.

¿Quién alguna vez ha planteado realizar una auditoría de costos y procedimientos para saber cuánto del dinero recaudado en impuesto llega realmente al destino para el cual se colecta?
No obstante todo lo dicho, la Argentina es un país bendecido por la naturaleza y su futuro depende de líderes honestos con capacidad de estadistas que puedan encender la máquina dormida que hay en cada argentino, pero para que cada máquina se convierta en el vagón de un expreso con un norte definido y claro, es imprescindible contar con herramientas que faciliten tal descomunal tarea. Una de entre todas ellas se llama “reforma tributaria”.

Lic. Claudio M.Pizzi
Director

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